El RDL 10/2020, de 29 de marzo, regula un nuevo permiso retribuido recuperable para los trabajadores por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, y su prioridad es limitar al máximo la movilidad.
Los trabajadores por cuenta ajena que se encuentren dentro del ámbito de aplicación del presente real decreto-ley (RDL) disfrutarán de un permiso retribuido recuperable, de carácter obligatorio, entre el 30 de marzo y el 9 de abril de 2020, ambos inclusive.
Los trabajadores conservarán el derecho a la retribución que les hubiera correspondido de estar prestando servicios con carácter ordinario, incluyendo salario base y complementos salariales.
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